RED DE SALU GRAU

NUESTRA HISTORIA

UNIDAD EJECUTORA RED DE SALUD GRAU

RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL  N° 1009-2012-G-R APURIMAC /PR

Abancay 18 de Diciembre 2012

Articulo 58° de la ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que los titulares de los Pliegos presupuestarios proponen a la Dirección General de Presupuesto Publico la Creación de Unidades Ejecutoras debiendo contar para dicha creación con un presupuesto Anual por toda Fuente de Financiamiento no inferior a DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (10,000,000.00) y debe sujetarse al criterio de especialización funcional, esto es tener a su cargo una función o especialidad relevante que requiere de una administración independiente para su creación de igual manera las Unidades Ejecutoras se crean para el logro de objetivos y la contribución de la mejora de la calidad del servicio publico.

Articulo 38° de la Ley 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece la autonomía que tienen los Gobiernos Regionales para Normar asuntos de su administración y organización

Articulo 4° de la Ley 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declara que el Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, uso optimo de los recursos públicos y consecuentemente un mayor impacto en la población; así mismo en el literal c) de este articulo declara que es un objetivo alcanzar un Estado descentralizado y desconcentrado.

Articulo 7° de la Ley N° 28693 27658 Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, establece que la Unidad Ejecutora es la encargada de conducir la ejecución de operaciones orientadas a la gestión de los fondos que administran, conforme a las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería, siendo responsable directo de los ingresos y egresos que administra.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria N° 27902 y 28013 y Credencial otorgado por el Jurado Nacional de Elecciones.    

SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Crear la Unidad Ejecutora denominada Red de Salud Grau; como la instancia encargada de conducir la ejecución de operaciones orientadas a la gestión presupuestal y administración de los fondos públicos que administran, conforme a las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería y en tal sentido responsable directo de los ingresos y egresos que administran.

Articulo 2°.– Encargar la implementación Financiera  y Presupuestaria de la nueva Unidad Ejecutora y todas las acciones presupuestales y administrativas necesarias para su adecuado funcionamiento a la Unidad Ejecutora 400 Salud Apurímac, a la Gerencia General del Gobierno Regional de Apurímac, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dirección Regional de Administración y Finanzas.

Articulo 3°.–  Transcribir, la presente Resolución, a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio Economía y Finanzas, Gerencia General del Gobierno Regional Apurímac, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dirección Regional de Administración y Finanzas, a la Red de Salud Grau y a la Unidad Ejecutora 400 Salud Apurímac.  

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